La Comisión Episcopal para la Educación y Cultura ha hecho pública una nota aclaratoria tras la reciente sentencia del Tribunal Supremo (Recurso de Casación 6342/2023), relativa al tratamiento de la asignatura de Religión en la etapa de Bachillerato en el Principado de Asturias.
La sentencia menciona la existencia de un supuesto «entendimiento negociado durante la negociación de los currículos» entre el Ministerio de Educación y la Conferencia Episcopal Española (CEE), que habría justificado la ausencia de una asignatura alternativa o “espejo” a Religión en Bachillerato.
Según la Comisión Episcopal, esa afirmación es rotundamente falsa. En su nota, precisa que la CEE no alcanzó ningún acuerdo con el Ministerio durante la tramitación de la LOMLOE para excluir una materia alternativa en esta etapa educativa.
La CEE recuerda que el Bachillerato tiene un marco propio en los Acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede del 3 de enero de 1979, al no tratarse de una etapa obligatoria. Considera posible que la letrada del Principado aludiera a este contexto, aunque subraya que la redacción de la sentencia no recoge esa interpretación, lo que ha provocado que en algunos medios de comunicación se difundiera como si existiera una negociación reciente.
En palabras de la Comisión Episcopal, la afirmación de la representante jurídica del Principado “debe ser considerada una mera conjetura que carece de soporte fáctico”. Y añade que, si se sostuviera la existencia de un acuerdo, debería acreditarse documentalmente ese “entendimiento negociado” citado en la resolución judicial.
La CEE expresa además su preocupación por que una afirmación falsa pueda quedar registrada como veraz en un documento jurídico de esa relevancia. Por ello, anuncia que explorará los cauces legales necesarios para evitar que esa interpretación se consolide en el texto de la sentencia.
Finalmente, la Comisión Episcopal recuerda que, en las negociaciones mantenidas en su momento con el Ministerio, defendió siempre el cumplimiento del Acuerdo de 1979, que establece que la enseñanza de Religión debe impartirse “en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales”. La CEE ha reiterado públicamente que esta equiparación exige unas condiciones académicas y una carga lectiva adecuadas, y considera inapropiada la solución que el Ministerio y algunas comunidades autónomas han aplicado en el Bachillerato, por no garantizar la dignidad curricular de la asignatura.